CURSO 2026/2027
PLAZO ORDINARIO: DEL 1 AL 10 DE JULIO
HORARIO DE SECRETARÍA:
DE LUNES A VIERNES DE 10:00 A 14:00 HORAS
¿QUIÉN DEBE MATRICULARSE?
- Los alumnos admitidos en las listas definitivas publicadas en el tablón de anuncios de esta Escuela Oficial de Idiomas.
- El alumnado que haya accedido por prueba de nivel.
DOCUMENTOS PARA FORMALIZAR LA MATRÍCULA OFICIAL
- Fotocopia del D.N.I. (más fotocopia del D.N.I. del padre o madre, en el caso de menores)
- Impreso de matrícula debidamente cumplimentado.
- Resguardo de haber pagado las tasas académicas (modelo 046) (fecha de pago entre el 1 y el 10 de julio).
- Fotocopia de documentación acreditativa de exención de pago de tasas:
CÓMO REALIZAR LA MATRICULA
- Presencialmente en la Secretaría de la E.O.I. RELLENAR IMPRESO (PULSE AQUI) Y PRESENTAR EN LA SECRETARIA DEL CENTRO JUNTO A LA CARTA DE PAGO DEL MODELO 046.
- Validar e Imprimir. Pagar en el Banco/Caja físicamente u online con tarjeta de crédito. Entregar en la E.O.I. el “Ejemplar para la Administración”.
- Si el pago se realiza por medios electrónicos tendrán derecho a una bonificación del 10% sobre la cuota a ingresar (marcar la casilla que hay justo al lado del importe, para solicitar la bonificación)
INSTRUCCIONES PARA RELLENAR EL MODELO 046
- OBLIGADO AL PAGO: Datos del alumno/a
- DATOS GENERALES: – Marcar AUTOLIQUIDACIÓN
- DESCRIPCIÓN: Escribir el siguiente texto: Matrícula en…(INDICAR CURSO/MODALIDAD E IDIOMA)…curso 2025-2026
- FECHA DE DEVENGO: día del pago
- CÓDIGO TERRITORIAL: ED 4193
- CONCEPTO DE PAGO: 0026
| TASAS MATRICULACIÓN PARA EL AÑO 2026 | ||||||
| 1 Idioma | 2 Idiomas | |||||
| Tasa general | Familia numerosa general | Tasa general | Familia Numerosa general | |||
| Nuevo/a alumno/a | 81,41 € | 40,71 € | 131,50 € | 65,74 € | ||
| Antiguo/a alumno/a | 59,04 € | 29,52 € | 109,13 € | 54,56 € | ||
EXENTOS DEL PAGO DE LAS TASAS:
- – LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD, EN UN GRADO IGUAL O SUPERIOR AL 33%.
– Ley 10/2010 de 15 de noviembre, de Solidaridad con las víctimas del terrorismo – BOJA de 24/11/2010.
– Los beneficiarios de familia numerosa de categoría especial (categoría establecida en Ley 40/2003 de 18 de noviembre, de protección de las Familias Numerosas)
– Exentos de pago de tasas por servicios académicos el alumnado matriculado, que resulte beneficiario de las becas incluidas en la convocatoria general de becas y ayudas al estudio.